¡Feliz 10 de mayo! Entra en vigor el padrón de deudores alimentarios

Los deudores alimentarios no podrán, entre otras cosas, ser candidatos a puestos de elección popular

A partir de este 9 de mayo entraron en vigor las reformas a Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de pensiones alimenticias, de manera que los deudores alimentarios morosos no podrán obtener diversas licencias o permisos oficiales. 

Este lunes se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a dicha ley, a fin de crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA).

¿Qué pasará con los deudores alimentarios?

Entre las consecuencias que tendrán los deudores morosos inscritos en el RNOA, será que no podrán ser candidatos a puestos de elección popular, ni ser jueces o magistrados.

Tampoco podrán salir del país, realizar trámites como la obtención de licencia o permisos de conducir o pasaporte.

En las solicitudes de matrimonio, el juez del Registro Civil hará del conocimiento si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro.

Además, el RNOA será público y las Procuradurías de Protección de las entidades federativas y de la Ciudad de México tendrán acceso total a las bases de datos.

Con lo anterior se busca proteger y restituir de manera efectiva y homologada la satisfacción de las necesidades alimentarias de las infancias y adolescentes y que los tutores cumplan con la pensión alimenticia de sus hijas e hijos, a partir de una deuda de 90 días.

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