Sin sorpresas: PAN vota en contra de prohibir las terapias de conversión

El PAN, conocido por sus posturas antiderechos, votó en contra de prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión y presentó más de 100 reservas al dictamen

La Cámara de Diputados aprobó el dictamen para tipificar, prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, por las que se trata de obligar a las personas a cambiar su orientación sexual, lo cual constituye un delito contra la orientación sexual o la identidad de género de las personas.

Luego de que la minuta estuviera congelada por más de un año en el Congreso, la propuesta se aprobó con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones

Cabe señalar que el Partido Acción Nacional (PAN) votó en contra y presentó más de 100 reservas al dictamen. Esto no es nuevo puesto el PAN es un partido ultraconservador que históricamente ha tomado posturas antiderechos como la negativa al acceso a la interrupción legal del embarazo o el voto en contra del matrimonio igualitario.

Sanciones a las terapias de conversión

El dictamen contempla sanciones de dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quienes obliguen, impartan, o financien las terapias de conversión sexual.

Además, la sanción aumentará el doble cuando:

  • Las conductas tipificadas se realicen contra personas menores de 18 años, personas adultas mayores o personas con alguna discapacidad
  • La persona autora tenga relación laboral, médica, doméstica, o cualquier otra que implique la subordinación de la víctima

Además, cuando los padres o tutores influyan en las conductas sancionadas, tendrán un apercibimiento a consideración del juez. También se aplicará la destitución e inhabilitación de cargos públicos.

El dictamen modifica y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y a la Ley General de Salud. No obstante, la iniciativa regresará al Senado debido a un cambio: se trata de eliminar del artículo 465 bis del Código Penal Federal. Este establecía que los médicos, terapeutas y en general quienes impartan esas terapias de reconversión se les cancelaría la cédula profesional.

Lo anterior a fin de cumplir con una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que prohíbe ese tipo de sanciones.

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